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Quiénes somos

QUIÉNES SOMOS

AUDIT IBÉRICA S.A.P es una Sociedad Anónima Profesional de auditoría inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) con el número S0338, con 25 años de experiencia en auditoría de cuentas en empresas y entidades del sector público. Desde el año 1991 hasta la actualidad somos una empresa colaboradora de la Intervención General de la Generalitat Valenciana. Esta larga trayectoria de colaboración con el sector público otorga un reconocimiento y un aval institucional a nuestra trayectoria profesional. En la actualidad nuestra proyección es de ámbito nacional.

AUDIT IBÉRICA ABOGADOS S.L.P es la sociedad del grupo especializada en Derecho Mercantil-Societario y Penal-Económico dirigida a empresas, sociedades, y grupos económicos. AUDIT IBÉRICA ABOGADOS cuenta, además de la experiencia de más de 20 años prestando servicios jurídicos a empresas, con la ventaja competitiva frente a los tradicionales despachos de abogados que no solamente se analizan los problemas desde una óptica jurídica, que siempre resulta una visión incompleta y por lo tanto insuficiente, sino jurídico-económica y contable, por la formación polivalente de los profesionales de nuestra firma en economía, auditoría y derecho. En consultoría jurídico-económica AUDIT IBÉRICA ABOGADOS S.L.P es una firma profesional de referencia a nivel nacional en Planes de Viabilidad y Reestructuración de empresas en crisis.

En asesoría legal jurídico-penal AUDIT IBÉRICA ABOGADOS S.L.P ha sido una de las primeras firmas de auditoría en la implantación del Compliance Penal en cumplimiento de los dispuesto por Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, que ha introducido en la legislación penal española la figura de la responsabilidad objetiva para las sociedades y demás entes con personalidad jurídica. La ventaja de establecer y mantener un sistema de Compliance o Programa Penal de prevención de delitos estriba en que en los delitos cometidos por las personas físicas que recoge el apartado a) del articulo 31 bis del Código Penal: administradores y representantes legales, directivos, mandos intermedios y personal a su cargo, la persona jurídica quedará exenta de responsabilidad si el órgano de administración, con anterioridad a cometer el presunto delito, hubiera adoptado y ejecutado un modelo de prevención de delitos basado en medidas eficaces para prevenir y descubrir los delitos que pudieran cometerse por las citadas personas físicas.

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